Modelos de Criminal Compliance
Desde la reforma del Código Penal mediante la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, las personas jurídicas pueden ser declaradas penalmente responsables por los delitos cometidos por sus administradores y empleados cuando actúen en el ejercicio de sus funciones y en beneficio de la misma. En este sentido, los delitos susceptibles de generar responsabilidad penal para la empresa se encuentran tasados en el Código Penal.
No obstante, la existencia de un modelo de organización y gestión (Modelo de Criminal Compliance) adoptado y ejecutado con eficacia es una causa de exención de la responsabilidad penal de la persona jurídica.
En este sentido, ofrecemos asesoramiento en el diseño y elaboración de modelos de Criminal Compliance para la prevención de riesgos penales corporativos, así como la mitigación de contingencias derivadas de la imputación en procedimientos penales y la limitación del riesgo reputacional que podría derivarse de los mismos.
Servicios
Análisis, identificación y priorización de riesgos penales en el seno de la organización.
Definición de políticas, normas, procedimientos de la organización como Código Ético, Política de Compliance, Manual de Compliance, Reglamento del Órgano de supervisión y control, entre otros.
Definición de un plan de acción para mitigar los posibles riesgos penales.
Diseño de acciones de seguimiento del modelo de Criminal Compliance y reporting a órganos de dirección y/o administración.
Definición del modelo de autoevaluación del sistema de Compliance.
También podemos ofrecerte estos otros servicios
Canal de Denuncias
Constituyen uno de los pilares de los modelos de Criminal Compliance.
Formación
La cultura de cumplimiento se consigue con la formación continua de sus miembros
Servicios adicionales
Asesoramiento continuado, "Due diligences", informes de revisión, soporte jurídico,...